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Pueblos indígenas y paridad de género: hacia un Estado Plurinacional

La convención constitucional constará con 17 cupos reservados- dentro de los 155 cupos de constituyentes- para los pueblos reconocidos en la Ley N.º 19.253 (Ley Indígena). De los 17 cupos, 7 son para el pueblo mapuche, 2 para el pueblo Aymara y los restantes 8- Diaguita, Chango, Atacameño, Colla, Quechua, Rapanui, Kawésqar y Yagán- tendrán cada uno un escaño reservado. Esto se ofrece como una oportunidad histórica de diálogo y reconocimiento intercultural.

La inclusión de los pueblos originarios es un avance fundamental para la conformación de una constitución que incluya distintas problemáticas y perspectivas asociadas al reconocer y valorar la existencia de estos pueblos anteriores al estado de Chile, tanto a nivel cultural como regional.

Un elemento fundamental de la inclusión de los escaños reservados para los pueblos originarios es que también rige sobre ellos la paridad de género. Este hecho es crucial cuando se reconoce la necesidad y el desafío urgente de visibilizar y potenciar el rol de las mujeres indígenas en la sociedad, valorando la estrecha relación que tienen con la naturaleza, la cosmovisión tradicional y el traspaso cultural entre las generaciones.

La intersección entre ser mujer y ser indígena releva una doble carga en términos de desigualdad social, económica y política, tanto en Chile como en el mundo. Las mujeres indígenas sufren significativamente más que los hombres indígenas y que las mujeres no indígenas los efectos adversos de la pobreza, la inseguridad social, la violencia y la discriminación. En este sentido, la importancia de incluir a los pueblos originarios y de hacerlo con paridad de género, nos ofrece una instancia única no sólo para reconocer la multiculturalidad del país en que vivimos y la necesidad de garantizar los derechos políticos, sociales, económicos, culturales y sobre tierras de los pueblos originarios, sino también que el avance hacia un Estado Plurinacional debe hacerse con perspectiva de género. Esto implica hacerse cargo de dos deudas históricas: la indígena y la de género.

Fuente: SERVEL (2021)

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