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¿Cómo resultó la paridad de género para la Convención Constitucional?

¿Por qué entraron más hombres que mujeres a la constituyente con los reemplazos por paridad de género? ¿es correcto que la paridad se aplique también a los hombres? ¿Cuál fue el efecto de la paridad?

Las elecciones de constituyentes para la Convención Constitucional de este fin de semana fueron históricas. Por primera vez en Chile se aplicó una ley de paridad que obligara a las listas a presentar igual número de hombres y mujeres candidatas (a través del sistema de «cebra») así como a aplicar la paridad a las personas que hayan sido electas. Los resultados fueron sorpresivos: las votaciones hacia mujeres candidatas superaron con creces a las de los hombres y, contra todo pronóstico, fueron más hombres que mujeres quienes pudieron entrar a la convención gracias a la paridad.

¿Por qué pasó esto? la Ley de Paridad de Género para el proceso constituyente establece que la convención deberá ser una representación equitativa de hombres y mujeres, de tal forma que el número de mujeres y hombres por distrito sea igual (en los distritos con un número par de escaños) o que la diferencia no sea mayor a uno, en los impares. Dado que en varios distritos ocurrió que el número de mujeres electas fue mayor al de hombres, fue necesario aplicar la corrección para representar a hombres en la convención.

La paridad de género para representar a las mujeres tanto en las candidaturas como en los resultados es una herramienta clave para comenzar a disputar espacios históricamente ocupados por hombres como lo es la política. Si bien los resultados podrían llevarnos a pensar que no sería necesario aplicar este tipo de leyes ¿Qué habría pasado de no aplicarse la ley? ¿habrían existido tantas mujeres candidatas? Quizás las elecciones a concejalías, gobernaciones regionales y alcaldías nos dan una pista.

¿Cuál es tu opinión de la Ley de paridad de género? ¿Crees que debería ser equitativa o que no se debería limitar el número de mujeres electas?

Fuente: Ciper
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