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A cuatro años de la ley que despenaliza el aborto: ¿En qué medida se ha obstaculizado el acceso a este derecho?

Hoy jueves 23 de septiembre se cumplen cuatro años desde que, gracias a la ardua lucha de las organizaciones feministas en Chile, se publicó la Ley N° 21.030 que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en tres causales: (1) peligro para la vida de la persona gestante, (2) inviabilidad fetal de carácter letal o (3) cuando el embarazo es consecuencia de una violación.

Si bien este hito fue un avance en los derechos humanos en el país, en específico en comenzar a reconocer los adeudados derechos sexuales y reproductivos de las personas gestantes, las evidencias demuestran que el Estado no ha sido capaz de garantizar nuestro integral acceso a este.

Desde ODEGI Chile reiteramos que es necesario hacer valer los derechos plasmados en dicha ley, sin embargo, creemos también que las tres causales no bastan. 

Según cifras del Departamento de Estadísticas e Información de Salud (DEIS), desde inicios del 2018 a marzo del 2021 se han interrumpido 660 embarazos en el marco de la primera causal, 1.045 en el marco de la segunda y 430 en la tercera. Pero, ¿en qué medida se ha obstaculizado el derecho a acceder al IVE?

Además de obstáculos que generan brechas de acceso como la desinformación tanto del personal médico como de la ciudadanía y la lejanía en algunas regiones de los centros donde se realiza este procedimiento, la objeción de conciencia que se permite al personal de salud es una de las grandes barreras.

La ley actual no solo permite que establecimientos de la red privada se declaren objetores de conciencia, sino que además facilita que personal de la red pública de servicios de salud pueda declarar objeción para no asistir a personas gestantes en el procedimiento.

Cifras del MINSAL publicadas en septiembre del 2019, evidenciaron que de un total de 1.214 obstetras de la red pública a nivel nacional, 223 objetan conciencia para cuando la vida de la persona gestante está en peligro, 307 cuando el feto es inviable y 559 en caso de violación, es decir, la mitad se niega a ejecutar la interrupción del embarazo cuando este es consecuencia de una violación.

Estos números muestran la alta proporción de objeción que existe para ejecutar los IVE, lo cual produce que niñas, mujeres y personas gestantes se vean obligadas a ser trasladadas a otro servicio de salud a hacer la solicitud de este derecho.

Esta obstrucción en la garantía de nuestros derechos, es aún más grave si consideramos que, como se observa en la segunda imagen, en algunas regiones el porcentaje de obstetras que objetan conciencia es significativamente mayor que en otras.

Así, se evidencia que es en los servicios de salud de la RM donde, posiblemente en parte dada la mayor contratación de personal, existe un menor porcentaje de objetores/as que en otros servicios de salud como vendría siendo los de O’Higgins o el Maule.

Estas diferencias repercuten en que niñas, mujeres y personas gestantes que viven en regiones más extremas o con mayores proporciones de personal de salud que objeta conciencia, sufran graves desigualdades en el acceso a este derecho.

Esta grave situación, además, se ha visto agudizada con la pandemia y las aún mayores barreras de acceso preventivo y paliativo a otros servicios de salud que no fuesen relacionados al COVID.

Otros problemas que surgen de la implementación de esta Ley, tienen que ver con el bajo cumplimiento en acompañamiento. En el reglamento están enmarcadas las diferentes prestaciones que buscan asegurar el bienestar biopsicosocial de quienes desean realizar la interrupción del embarazo en una de las tres causales, siendo uno de ellos el acompañamiento psicosocial de un equipo integrado por una persona del área de psiquiatría, una de psicología y una de asistencia o trabajo social.

Según el reciente informe «¿Garantiza el Estado los derechos de las mujeres? Análisis de impacto de la ley Nº 21.030», de 70 Policlínicos de Alto Riesgo Obstétrico de los cuales se cuentan con información pública, tan solo 29 cuentan con un equipo tal como dispone el reglamento de la ley.

La carencia de profesionales del equipo biomédico, así como el del equipo psicosocial denuncian también barreras que enfrentan niñas, mujeres y personas gestantes a una interrupción del embarazo que vele por su salud mental y física. 

El mismo informe detalla también las falencias en términos de coordinación intersectorial para la implementación de la Ley IVE las interrupciones de embarazos en consecuencia de una violación. De los 70 policlínicos, 60 cuentan con infraestructura para la toma y conservación de muestras de material biológico, y tan solo 32 señalaron haber recibido solicitudes del Ministerio Público para acceder a muestras. Asimismo, solo 33 informaron contar con un registro consolidado de denuncias por el delito de violación. 

A cuatro años de la publicación de esta ley, desde ODEGI Chile decimos una vez más que las tres causales no son suficiente, tanto porque no se ha logrado garantizar el goce efectivo del derecho de niñas, mujeres y personas gestantes en el país a acceder a ella, como también porque, como hemos visibilizado antes, solo despenaliza el 1% de los abortos en Chile. El resto ocurre en clandestinidad.

En este día y siempre, seguiremos luchando por un Estado que garantice los derechos sexuales y reproductivos de todas y todes, donde se reconozca la soberanía sobre nuestros cuerpos, y donde el aborto libre, seguro y gratuito junto con la educación sexual integral no sexista estén a la base. Por la autonomía de todas las mujeres y personas gestantes. ¡#SeráLey!

Fuentes:

MINSAL (2019). Funcionarios objetores de conciencia por Servicio de Salud a septiembre 2019. DEIS (2021). Información sobre casos constituidos en el marco de la Ley 21.030 que regula la interrupción voluntaria del embarazo en 3 causales. Plataforma online.
Sarmiento, Claudia; Cortés, Pascual; Alanis, Matthias; Umbach, Fernanda (2021) ¿Garantiza el Estado los derechos de las mujeres? Análisis de impacto de la ley Nº 21.030. Sarmiento & Walker Asociadas SpA.

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